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#LosDueñosDelRitmo


Director de la DIAN explica los casos en que se debe declarar renta en 2024.

Written by on 4 marzo, 2024

El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, ha detallado los casos en los cuales los ciudadanos y las empresas estarán obligados a realizar la declaración de renta en 2024.

Reyes destacó que el umbral de ingresos para declarar renta en este año es de $59’376.800. Esto significa que cualquier persona que haya obtenido ingresos equivalentes o superiores a esta cifra durante todo el año fiscal deberá realizar el trámite tributario.

Explicó que alcanzar este monto anual no se limita únicamente a percibir un salario mensual de $4’900.000, sino que existen otros escenarios que pueden llevar a superar el límite establecido. Por ejemplo, si un tendero registra ventas por dicho monto mensual, incluso después de considerar costos y gastos, también estará sujeto a la declaración de renta. Asimismo, aquellos individuos que hayan realizado consumos con tarjeta de crédito por este monto, independientemente de si poseen ingresos para cubrir esa deuda, estarán obligados a declarar renta.

Reyes también mencionó el caso de consignaciones bancarias, donde si se recibieron montos iguales o superiores al umbral establecido, ya sea en una o varias ocasiones, también se requerirá la declaración de renta.

Otro factor importante que determina la obligación de declarar renta es el patrimonio bruto. Si la suma total de activos de una persona supera los $190’854.000, deberá realizar la declaración, incluso si posee deudas que igualan o superan ese valor. Este punto es clave, ya que algunas personas podrían pensar que al tener deudas equivalentes a sus activos, están exentas de este trámite, sin embargo, según Reyes, esto no es así.

Con respecto al calendario tributario, se ha establecido que las personas jurídicas deben declarar renta entre mayo y julio, mientras que las personas naturales tendrán plazo entre agosto y octubre. Las fechas exactas se determinan según los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria (NIT).


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