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Regulaciones del porte de taser y gas pimienta en Colombia: lo que necesitas saber.

Written by on 26 marzo, 2024

En Colombia, el porte de armas no letales como las pistolas taser y el gas pimienta está sujeto a estrictas regulaciones legales. Aunque estas herramientas se han popularizado como opciones de defensa personal, es importante conocer las leyes que rigen su uso y posesión.

Según el artículo 365 del Código Penal colombiano, el porte de armas de fuego está prohibido, lo que incluye las pistolas taser. Para llevar una pistola taser, se requiere una autorización especial de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 2197 de Seguridad Ciudadana. Actualmente, estas autorizaciones están reservadas para las fuerzas policiales y no para el público en general.

En cuanto al gas pimienta, su porte está prohibido en lugares con aglomeraciones, aunque puede ser llevado en otros sitios. La Ley 1801 de 2016 establece que el porte de elementos que representen un riesgo para las personas está contrario a la convivencia, a menos que forme parte de una actividad deportiva, oficio, profesión o estudio.

El uso de armas no letales como el gas pimienta está permitido, pero su utilización en lugares públicos con aglomeraciones puede acarrear sanciones. Portar un taser o gas pimienta sin autorización implica una multa tipo 2, según el Artículo 180 del Código Nacional de Policía, equivalente a 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2024 corresponde a $346.664.

Es crucial respetar estas regulaciones para evitar consecuencias legales y garantizar la seguridad tanto propia como de los demás en el uso de estas herramientas de defensa personal.


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